“En ningún caso los procedimientos de conciliación pueden durar más de quince días, contados a partir del momento en que el juez de Trabajo…recibió el pliego de peticiones”. Artículo 393 y 381, Código de Trabajo.
Sin beneficios personales
“El periodista debe abstenerse de usar su condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales”. El Diario de Ecuador / Medios Ediasa.
“El periodista debe abstenerse de usar su condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales”. El Diario de Ecuador / Medios Ediasa.
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